Descripción
El Tribunal Electoral designado para actuar en las elecciones para elegir a Representantes de Docentes y Estudiantes ante el Consejo Universitario, en ejercicio de sus atribuciones contempladas en el artículo 6 del “Reglamento de Elecciones de Representantes al Consejo Universitario y a los Consejos Directivos de la Universidad de Cuenca” y, en cumplimiento a lo resuelto por el Consejo Universitario mediante Resolución No. UC-CU-RES-082-2024, en sesión ordinaria realizada el 14 de mayo de 2024.
Padrones definitivos
El Tribunal Electoral designado para actuar en las elecciones para elegir a los representantes de los docentes y de estudiantes ante el Consejo Universitario, en ejercicio de sus atribuciones contempladas en el Artículo 6 literal c) del Reglamento de Elecciones de Representantes al Consejo Universitario y a los Consejos Directivos de la Universidad de Cuenca y en aplicación a lo dispuesto por el Consejo Universitario en la sesión realizada el 14 de mayo de 2024, procede con la publicación los siguientes padrones definitivos.
Fechas clave
Inscripción de candidaturas
21 – 25 de junio, 2024
Elecciones representantes docentes y estudiantes
25 de julio, 2024
Posesión de los representantes electos
06 de septiembre, 2024
Profesores
Se convoca para ser representantes a docentes de las siguientes Facultades
– Un representante de profesores principal y un suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Ciencias Agropecuarias
– Un representante de profesores principal y un suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo.
– Un representante de profesores principal y un suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Artes.
– Un representante de profesores principal y un suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas.
– Un representante de profesores principal y un suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Ingeniería.
– Un representante de profesores principal y un suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Ciencias Médicas.
– Un representante de profesores principal y un suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Odontología.
– Un representante de profesores principal y un suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Psicología.Para ser representante de los profesores se requiere: (Art. 19 Reglamento de elecciones)
– Ser estudiante de la institución.
– Acreditar un promedio de calificaciones equivalente a muy buena.
– Haber aprobado al menos el 50% de las asignaturas de su carrera.
– Presentar un plan de trabajo para la dignidad materia de la candidatura.
Los estudiantes que resulten electos permanecerán en funciones por un periodo de un año, pudiendo ser reelegidos por una sola vez. (Art. 25 Reglamento de elecciones)
El art. 28 del Reglamento de Elecciones de Representantes al Consejo Universitario y a los Consejos Directivos de la Universidad de Cuenca dispone: “Para la elección de Representantes Estudiantiles al Consejo Universitario tienen derecho a voto todos los alumnos matriculados en la Universidad así como los estudiantes matriculados en los cursos de postgrado que se realizan en la Universidad y que estén en ejecución al momento de la convocatoria.”.
Requisitos Profesores
Para ser representante de los profesores se requiere: (Art. 19 Reglamento de elecciones)
– Estar en goce de los derechos de participación.
– Contar con nombramiento en calidad de profesor titular.
Los profesores que resulten electos permanecerán en funciones por un período de dos años y medio, pudiendo ser reelegidos por una sola vez. (Art. 18 Reglamento de elecciones)
El art. 20 del Reglamento de Elecciones de Representantes al Consejo Universitario y a los Consejos Directivos de la Universidad de Cuenca dispone: “Los representantes de los profesores serán elegidos por votación universal, directa, secreta y obligatoria de los profesores e investigadores nacionales o extranjeros, titulares y, no titulares, honorarios u ocasionales; y, de los docentes e investigadores que tienen estabilidad y permanencia obtenida mediante sentencia judicial. En el caso del personal docente ocasional, este deberá estar vinculado laboralmente al momento de la convocatoria a elecciones, y haber servido a la institución como profesor o investigador, por, al menos, seis (6) períodos académicos ordinarios completos consecutivos o no, dentro de los últimos seis (6) años, previos a la convocatoria a elecciones.».
Estudiantes
Se convoca para ser representantes a estudiantes de las siguientes Facultades
– Un representante de estudiantes y su suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Ciencias Agropecuarias.
– Un representante de estudiantes y su suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Artes.
– Un representante de estudiantes y su suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas.
– Un representante de estudiantes y su suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Ciencias Médicas.
– Un representante de estudiantes y su suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Odontología.
– Un representante de estudiantes y su suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Psicología.
– Un re presentante de estudiantes y su suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Ciencias Químicas.
– Un representante de estudiantes y su suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Arquitectura.
– Un representante de estudiantes y su suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación.
– Un representante de estudiantes y su suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Ciencias de la Hospitalidad.
– Un representante de estudiantes y su suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Ingeniería.
– Un representante de estudiantes y su suplente al Consejo Universitario de la Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales.
Requisitos Estudiantes
Para ser representante de los estudiantes se requiere: (Art. 27 Reglamento de elecciones)
– Ser estudiante de la institución.
– Acreditar un promedio de calificaciones equivalente a muy buena.
– Haber aprobado al menos el 50% de las asignaturas de su carrera.
– Presentar un plan de trabajo para la dignidad materia de la candidatura.
Los estudiantes que resulten electos permanecerán en funciones por un periodo de un año, pudiendo ser reelegidos por una sola vez. (Art. 25 Reglamento de elecciones)
El art. 28 del Reglamento de Elecciones de Representantes al Consejo Universitario y a los Consejos Directivos de la Universidad de Cuenca dispone: “Para la elección de Representantes Estudiantiles al Consejo Universitario tienen derecho a voto todos los alumnos matriculados en la Universidad así como los estudiantes matriculados en los cursos de postgrado que se realizan en la Universidad y que estén en ejecución al momento de la convocatoria.”.
Inscripción de candidaturas
Las candidaturas se presentarán ante la Secretaría del Tribunal Electoral (oficina de la Secretaría General), los días jueves 20, viernes 21 y lunes 24 de junio de 2024, en el horario de 08h00 a 13h00 y de 15h00 a 18h00. Descarga los Formatos aquí:
Las candidaturas se presentarán en la fecha señalada por el Tribunal Electoral ante el Secretario correspondiente, quien sentará la fecha y hora de recepción de la documentación.
A la solicitud de inscripción se adjuntará el documento en el que consten los nombres de los candidatos, con la firma de aceptación, ya sea esta manuscrita y/o electrónica debidamente certificada, número de cédula y el respaldo de por lo menos el diez por ciento de los empadronados. Se adjuntará además los documentos debidamente legalizados que acrediten que los candidatos cumplen los requisitos establecidos en el reglamento de elecciones.
El Secretario del Tribunal luego de recibir las solicitudes de inscripción de candidaturas, dentro de las veinte y cuatro horas siguientes al vencimiento del plazo para presentación, las remitirá al Tribunal Electoral para la verificación de que los candidatos cumplan con todos los requisitos; en caso de cumplirlos, los declarará idóneos y procederá a inscribir la candidatura.
En caso de que uno o varios candidatos no cumplan con los requisitos señalados en el reglamento, el Tribunal los declarará no idóneos indicando las razones que motivaron la declaratoria de no idoneidad. Esta resolución podrá ser reconsiderada por el Tribunal Electoral a petición de los candidatos dentro del término de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación, organismo que deberá resolver en el término de cuarenta y ocho horas.
La votación es universal, directa, secreta y obligatoria
Los profesores y estudiantes que no concurran a estos procesos electorales serán sancionados conforme lo dispuesto en el Art. 44 del Reglamento de Elecciones de Representantes ante el Consejo Universitario y Consejos Directivos de la Universidad de Cuenca.
Posesión de representantes
electos
De conformidad con el cronograma aprobado por el Consejo Universitario, la posesión de los representantes electos se realizará el 05 de septiembre de 2024.